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Estatuto y Reglamentos


Reglamento del Plan Estratégico

INTRODUCCION:

El Plan Estratégico de la AAMR está estructurado bajo la metodología Execution Premium, basada en el Balanced Scorecard. Metodología, creada por Robert Kaplan y David Norton.

Siguiendo dicha metodología, una vez definido el Propósito de la AAMR, su Visión a 5 años y los lineamientos y Objetivos Estratégicos, esas definiciones se traducen en un Mapa Estratégico.

Este es un modelo lógico y simple para explicar la manera en que la AAMR creará valor para la comunidad, sus asociados y los profesionales de la salud en general y alcanzará su Visión.

Un equipo conformado por autoridades, ex autoridades y referentes societarios, acompañados de colaboradores en diferentes áreas, fueron los responsables de este puntapié inicial. Los mismos se han denominado, como Coordinadores de Objetivos estratégicos.

Se contó, además, con la información de múltiples consultas a socios.

REGLAMENTO DE LA COMISION DE PLAN ESTRATEGICO;

*Aprobado en Reunión plenaria de la CD AAMR en la ciudad de Tucumán el 7 de julio de 2022 por unanimidad.

* Modificaciones a aprobadas en Reunión de CD 23/11/2023**

Artículo 1. Naturaleza de la Comisión

a) De conformidad con lo dispuesto en el Estatuto Social, la Comisión Directiva de la Asociación Argentina de Medicina Respiratoria (en adelante, la “Asociación”) ha constituido en su seno una Comisión de Plan estratégico (la “Comisión”).

b) La Comisión se rige por las normas contenidas en el Estatuto Social, y en este reglamento de la Comisión (el “Reglamento”).

Artículo 2. Objeto, aprobación y modificación de este Reglamento

a) Este Reglamento tiene por objeto determinar los principios de actuación de la Comisión y establecer las reglas básicas de su organización y funcionamiento.

b) Este Reglamento ha sido aprobado por la Comisión Directiva conforme a lo dispuesto en el Estatuto Social, igualmente, la aprobación de cualquier modificación.

c) Este Reglamento desarrolla y complementa las normas del Estatuto Social, y se interpretará de conformidad con dichas normas.

Artículo 3. Coordinadores de Objetivos estratégicos

a) Se denominan coordinadores de objetivos estratégicos, aquellos miembros, originales que confeccionaron el Plan estratégico.

b) Tienen como fin llevar adelante los objetivos estratégicos definidos, con equipos de trabajos armados a tal fin, a través de iniciativas estratégicas, medición de indicadores y acciones concretas.

c) La duración en su cargo, se establece en 5 años.

d) Su cambio o reemplazo, a pedido de la comisión, será elevado a la Comisión Directiva en curso, para su aprobación.

Artículo 4. Composición de la Comisión

a) La Comisión estará compuesta por un mínimo de cinco integrantes.

b) El Presidente de la Comisión Directiva, el vicepresidente y Presidente saliente, serán miembros natos de la Comisión.

c) Formarán parte de esta comisión, además, dos integrantes Coordinadores de los Objetivos estratégicos, que cumplirán la función de Coordinador y Co-coordinador de la Comisión del Plan estratégico, a los fines de darle continuidad al mismo.

Artículo 5. Duración de la Comisión

1. Para los miembros natos de la Comisión; Vicepresidente, Presidente en ejercicio y Presidente saliente, el tiempo de duración será de 3 años.

2. Coordinador y Co-coordinador del Plan Estratégico se encontrarán en sus cargos por el tiempo de 5 años, a los fines de darle continuidad al Plan Estratégico.

3. Cualquiera de los miembros, pueden ser reemplazados por otro miembro, a solicitud personal, previa aprobación de la Comisión Directiva en ejercicio.

Artículo 6. Funciones de la Comisión

a) Funciones de seguimiento y control de las siguientes cuestiones:

· Evolución del Plan Estratégico, a través de los indicadores clave de desempeño que se establezcan de cada objetivo estratégico.

· La actividad y los resultados del Grupo de trabajo conformado por los Coordinadores de Objetivos estratégicos y sus respectivos equipos de trabajo.

b) Funciones de Comunicar debidamente a los Miembros y Colaboradores sobre el rumbo estratégico de la Organización y sobre cuál es su rol en la ejecución del plan.

· Incorporación estratégica de nuevos asociados a cada objetivo, iniciativa y/o acciones específicas.

c) Funciones de apoyo a la Comisión Directiva en la toma de decisiones.

d) Formar parte de la Oficina de gestión estratégica de la Asociación.

e) La comisión No cuenta con facultades de decisión sobre las materias propias de la Comisión Directiva.

Artículo 7. Oficina de Gestión Estratégica

Dentro del ámbito de esta Comisión, funcionará la Oficina Estratégica, la misma estará conformada con los cinco integrantes definidos como la Comisión, más colaborador/es aprobadas en reunión/es de Comisión Directiva.

Las principales funciones de esta Oficina son:

a) Definir, desarrollar y supervisar la ejecución de los procesos requeridos para gestionar la estrategia.

b) Asegurar que los procesos pertenecientes y gestionados por las diferentes Comisiones Directivas estén vinculados a la estrategia.

Artículo 8. Coordinación con otras comisiones y Secciones de la Asociación

Para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Comisión contará, cuando resulte necesario, con los informes de aquellas comisiones y de las Secciones de la Asociación que corresponda, sobre cuestiones que afecten al ámbito de sus competencias, pudiendo requerirse por cuestión de relevancia la presencia de integrantes de dichas comisiones y /o Secciones en las reuniones de la Comisión en las que se vayan a tratar dichos informes.

Artículo 9. Reuniones de análisis estratégico (RAEs)

a) La Comisión se reunirá de manera mensual, y/o siempre que así se disponga su Coordinador, a quien corresponde la facultad de fijar el orden del día.

b) Formarán parte de estas reuniones mensuales, los miembros de esta comisión, los coordinadores de objetivos, así como los miembros de la comisión directiva actual, que el Presidente de la Asociación disponga.

c) La Comisión podrá convocar a cualquier empleado o proveedor de servicios de la Asociación, así como a invitados puntuales referidos al objetivo a tratar en la misma

d) La Comisión procurará establecer un calendario anual de reuniones, considerando el tiempo a dedicar a las distintas funciones.

e) La convocatoria a las reuniones incluirá el orden del día y se cursará por escrito con la antelación necesaria, procurando que los miembros de la Comisión reciban la información y documentación pertinente con la antelación suficiente para el adecuado desempeño de sus funciones, salvo que, excepcionalmente, a juicio de su Presidente, no fuera oportuno por razones de confidencialidad.

f) Las reuniones extraordinarias de la Comisión podrán convocarse por teléfono o por cualquier otro medio de comunicación a distancia y no serán de aplicación los requisitos establecidos en el párrafo anterior cuando, a juicio del coordinador de la Comisión, las circunstancias así lo justifiquen.

g) De las reuniones que celebre la Comisión, se podrán solicitar los informes correspondientes.

Artículo 10. Constitución y adopción de acuerdos

a) La Comisión se entenderá válidamente constituida cuando concurran a la reunión, presentes o representados, más de la mitad de sus miembros.

b) Los miembros de la Comisión asistirán virtualmente a las reuniones de la Comisión y, cuando no puedan hacerlo, procurarán otorgar su representación a otro miembro de la Comisión, incluyendo las oportunas instrucciones y comunicándolo al Presidente de la Comisión.

c) Será válida la constitución de la Comisión sin previa convocatoria si se hallan presentes todos sus miembros y aceptan por unanimidad la celebración de la reunión.

d) Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de votos presentes o representados.

Artículo 11. Información a la Comisión Directiva

a) Se informará a la Comisión Directiva, en sus reuniones ordinarias, siempre que lo soliciten, de las actividades desarrolladas y de los acuerdos adoptados por la Comisión.

b) Los informes de la Comisión, una vez aprobadas por esta, se pondrán a disposición de todos los miembros de la Comisión Directiva.

Artículo 12. Informe Anual

a) La Comisión elevará anualmente un informe de su actividad en el marco del Congreso Anual a los asociados de la Asociación.

Artículo 13. Sistema Clear Point

El seguimiento del Plan estratégico, así como la medición de los Indicadores, se lleva adelante en el sistema clear point, la debiendo renovarse de forma anual las licencias específicas.

Art 14. Incorporación de socios al Plan estratégico

Se llevará adelante una estrategia de incorporación de socios a los objetivos estratégicos definidos en el Plan estratégico y sucesivos.

Los mismos podrán ser incorporados a los equipos de trabajo establecidos y a solicitud de esta comisión a determinadas objetivos, iniciativas y/o acciones concretas dentro de cada objetivo estratégico.


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